Por Frank Casado
Las fechas oficiales de los días feriados en este año 2018, fueron anunciados por el Ministerio de Trabajo, dando cumplimiento a la Ley 139-97, que establece la aplicación de los días libres o festivos.
Una comunicación en la web oficial del ministerio destaca que el jueves 16 de Agosto , “Día de la Restauración”, no se cambia, es inamovible.
Con una simple lectura a la Ley No. 139-97 mediante la cual los días feriados del calendario que coincidan
con los días martes y miércoles, jueves o viernes serán trasladados de fecha, percibimos que el Ministerio de Trabajo debió declarar “Dia Laborable” este jueves 16 de Agosto del 2018, pues muy bien expresa, en su artículo 1 y el 4 lo siguiente:
Artículo 1.- El carácter no laborable de todos los días feriados del calendario que coincidan con los días martes, miércoles, jueves o viernes de la semana que se trate, será efectivo conforme a la siguiente pauta:
1) Martes y miércoles el lunes precedente.
2) Jueves y viernes el lunes siguiente.
Artículo 2.- Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la presente ley los
siguientes días feriados:
1 de enero, día de Año Nuevo.
21 de enero, día de Nuestra Señora de La Altagracia.
27 de febrero, día de la Independencia Nacional.
16 de agosto, cuando coincida con el inicio de un período constitucional.
24 de septiembre, día de Las Mercedes.
25 de diciembre, día de Navidad.
Artículo 4.- En los días 6 de enero, día de Reyes; 26 de enero, día de Duarte; 1°de mayo, día del Trabajo; 16 de agosto, día de la Restauración; y 6 de noviembre, día de la Constitución, que coincidan con los días martes, miércoles, jueves y viernes de la semana de que se trate, según el caso, se celebrarán en los centros de trabajo y
estudio, actividades destinadas a exaltar la significación de la fecha.
Como se ve, este jueves 16 de Agosto 2018, no coincide con el inicio de un periodo constitucional, por lo que debería ser laborable y que en cada centro de trabajo y estudio, se celebren actividades destinadas a exaltar la significacion de la fecha.
Para declarar el 16 de Agosto “Dia No Laborable” debemos esperar el año 2020, que si habrá el inicio de un nuevo periodo constitucional.
El documento con los días feriados correspondientes al año 2018 puede ser descargado en el Portal Web de la Institución www.mt.gob.do y además está publicado en las Redes Sociales institucionales y Medios de Comunicación.



























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