Un tribunal de esta provincia declaró en rebeldía al propietario de una empresa agroforestal dedicada a la cosecha de aguacates, por faltar de forma reiterada a las audiencias en el juicio que se le sigue por deforestación y otros daños ambientales en un área boscosa del municipio Sabana Larga.
El empresario Manuel Castillo Pimentel, presidente de Macapi S.A., fue declarado en rebeldía por el juez Alfis Castillo, presidente de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de San José de Ocoa, razón por la cual ordenó su arresto.
La autoridad judicial tomó esa decisión en respuesta a la petición de la Procuraduría Especializada para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales (Proedemaren), que acusa al empresario por daños ambientales en la Loma Redonda, ubicada en el municipio Sabana Larga, provincia San José de Ocoa.
La decisión fue tomada durante la audiencia celebrada el pasado miércoles 23 de enero, a la cual el imputado no asistió sin ningún tipo de justificación.
El presidente de Agroforestal Macapi tampoco asistió a las cinco audiencias celebradas con anterioridad, con el alegato en esas ocasiones de tener problemas de salud.
En julio de 2022, la Proedemaren sometió a la justicia a Manuel Castillo Pimentel, a quien acusa de ser responsable de daños ambientales que perjudicaron los recursos del suelo, la biodiversidad (flora, fauna y recursos hídricos), además de causar impacto ambiental en torno a la Loma Redonda.
Estos daños incluyen la deforestación de más de 150 tareas, como resultado de la eliminación de especie de la vegetación nativa, como nin, jobo de puerco, guama, uva, palo hediondo, lino, caimito, candelón, cucaracha, bejucos, almácigo, caya, jabilla, bayahonda, entre otras.
Además, con sus acciones afectó una fuente hídrica, la cual dejó al borde del colapso, esto, como consecuencia de la deforestación en un área aproximada de cuatro tareas.
En adición a esto, construyó una explanada de 13 mil metros cuadrados y varios caminos carreteros con una longitud de nueve kilómetros y anchura de tres a cuatro metros.
No conforme con ese daño ambiental, removió la superficie de suelos de las laderas, sin contar con un plan aprobado acorde a los términos que impone la Ley 64-00, sobre el Medio Ambiente.
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