
El funcionario inscribió su candidatura por el Partido de la Liberación Dominicana, en franca violación al párrafo II del artículo 172 de la Constitución de la República que establece: “La función de representante del Ministerio Público es incompatible con cualquier otra función pública o privada, excepto la docente y, mientras permanezcan en el ejercicio de sus funciones, no podrán optar por ningún cargo electivo público ni participar en actividad político partidista”.
En el artículo 25 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, que estatuye el principio de apoliticidad: “El Ministerio Público ejerce sus funciones sin consideraciones de índole político partidaria. Ninguno de sus miembros puede participar en actividad político partidista, aprovechar su investidura para realizar propaganda a favor de ningún partido político, ni utilizar los recursos humanos o materiales de la institución para tales fines. Los miembros del Ministerio Público pueden objetar, conforme lo dispuesto en esta ley, las instrucciones particulares que les dicten sus superiores, sin prejuicio de otros motivos, cuando se fundamenten en consideraciones políticos partidarias”.
Realizar actividades político partidarias o autorizar u ordenar la realización de tales actividades, se consigna como falta grave en el artículo 92 de la Ley del Ministerio Público.
El funcionario judicial compite con Esmeralda Mancebo, Josefa Mejía, Geovammy Arias y Francis Mancebo, Marcionilo Castillo, quienes buscan obtener las dos plazas del partido de Gobierno en esta provincia.
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