SANTO DOMINGO. El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales modificó los requisitos para la instalación de nuevas estaciones de expendio de combustibles para reducir los riesgos propios de este tipo de actividades.
En la resolución No. 0014\2017 el proceso de solicitud para este tipo de proyectos iniciará con el depósito del expediente en la Dirección de Servicios de Autorizaciones Ambientales – Ventanilla Única – el cual debe incluir una Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) avalando que el solicitante se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Además, copia del Registro Nacional del Contribuyente (RNC), si es persona moral; una autorización para el Inicio de Trámites de Obtención de Permisos, otorgada mediante resolución motivada del Ministro de Industria, Comercio y Mipymes; y el pliego de requisitos establecidos en los Términos de Referencias que han sido suministrados por el Ministerio y un Cheque certificado a nombre del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales por un monto de RD$ 5 mil pesos.
La entrega de los informes de cumplimiento ambiental se realizará cada dos años, por igual, los proyectos serán supervisados de forma constante con el fin de determinar si están cumpliendo con lo establecido en la autorización ambiental. Además, los proyectos deberán incluir un Subprograma de Contingencia para la atención de emergencias.
La institución ambiental agregó que con esta nueva normativa se busca la utilización de mecanismos, instrumentos y políticas que eviten daños al ambiente y a la salud de las personas, ya que su función básica es evitar y prever el daño.
Según Francisco Domínguez Brito, con la resolución ahora se simplifica el proceso de evaluación de impacto ambiental para la construcción y operaciones de estaciones de expendio de combustibles líquidos, plantas envasadoras de gas licuado de petróleo (GLP) y estaciones de expendio de gas natural vehicular.
Agrega que una autorización ambiental, «más que un derecho, es un privilegio que se le otorga a una persona física o empresa para beneficio particular o lucro utilizando un bien común de todos los dominicanos y por tanto, entraña deberes y responsabilidades que son de obligatorio cumplimiento».
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