Desde el 1 de enero de 2010 hasta el 12 de septiembre de 2021, bajo la exoneración de impuestos a las importaciones de vehículos de que disfrutan los legisladores ocoeños por ley, se trajeron a la República Dominicana unos 15 vehículos cuyos valores de origen suman cerca de 2 millones de dólares.
Los legisladores beneficiados con estas exoneraciones corresponden a los exsenadores Pedro Alegría y Carlos Castillo, los exdiputados Francis Mancebo, Gory Segura, Esther Minyety y Abraham Martínez.
Los legisladores actuales, senador José Antonio Castillo y las diputadas Yari Encarnación y Josefa Mejía, gozaran con el mismo privilegio de dos exoneraciones por los cuatro años que representen a San José de Ocoa en el Congreso Nacional.
Además de recibir gastos de representación, viáticos, dieta y otros beneficios extrasalariales, los 190 diputados y 32 senadores del país –elegidos por cuatro años–, más los 20 al Parlamento Centroamericano (Parlacen), están respaldados con la facilidad vehicular que permite una muy abierta Ley 57-96, compuesta por dos artículos. El primero modifica un artículo de una ley de nueve años antes que establecía un tope de US$18,000 en el precio de fábrica de un vehículo exonerado.
Hasta 1996, con base en la Ley 21-87, los legisladores podían traer libre de impuestos un vehículo cada dos años, cuyo valor de fábrica no excediera los US$18 mil. Reportes de prensa de la época explican que, amparándose en el incremento de la tasa del dólar, los legisladores habían aprobado una ley en 1994 que les permitiría una exoneración abierta, pero al no promulgarse, los diputados volvieron a aprobarla en 1996.
Con la modificación se hizo vigente que cada legislador importe libre de impuestos un vehículo de motor cada dos años, sin importar el tipo, marca, modelo, año y cilindraje. La unidad que traiga estará exenta de todo tipo de gravámenes e impuestos, recargos y multas, y cualquier restricción o prohibición existentes.
Actualmente, a la República Dominicana solo se pueden importar vehículos de cinco años o menos de fabricación y camiones comerciales que no superen los 15 años. Para liberarlos, se debe pagar un impuesto aduanal del 20 % del valor del vehículo más el 18 % del impuesto sobre transferencias de bienes industrializados y servicios (Itbis).
La ley que permite a los legisladores no pagar esos impuestos no pone una fecha tope para redimir la exoneración. Indica que estos harán el requerimiento de su derecho cuando sus condiciones se lo permitan y lo solicite. La única limitante que pone es que el vehículo no se podrá transferir hasta después de dos años de importado.
Para hacer uso de la exoneración, el legislador debe depositar la solicitud en el Congreso Nacional, institución que remite el expediente al Ministerio de Hacienda desde donde se envía a la Dirección General de Aduanas con la orden de exoneración, de ser aprobada. Cuando el vehículo se importa y se hace el despacho en aduanas, es cuando se le aplica la exoneración con base en cálculos que incluyen la tasa de cambio.
Desde 2010 y hasta agosto de 2021, el Ministerio de Hacienda tramitó la exoneración de 156 vehículos a nombre de senadores y de 1,195 para diputados (incluidos 112 para varios del Parlacen), cuyos valores en el país de origen o procedencia suman US$154,539,515.08 y, preliminarmente, RD$4,105,997,878.15 en sacrificio fiscal.
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