Por Nóbel Mejía.-San José de Ocoa
A propósito del revuelo que ha causado la noticia de que el diputado ocoeño César Enrique Gómez Segura (Gory) todavía aparece en la nómina del Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX), la duplicidad en el tren gubernamental o público es un cáncer avanzado, crónico y metastásico.
Si bien es cierto que, desde el año 2013, el gobierno asegura hacer ingentes esfuerzos para corregir la situación y, de hecho, ha creado normativas en esa dirección, lo cierto es que, al parecer, el asunto sigue. Ya antes, en 2009, el gobierno de Leonel Fernández hizo una escaramuza “similar”.
En tiempos diferentes, la duplicidad ha sido denunciada por programas de investigación periodística y organismos de los denominados “sociedad civil”. La incidencia de la modalidad parece ha bajado en los últimos años y, hoy día, se utilizan otros trucos: desviación o derivación, cargos fantasmas, nepotismo, nominillas, entre otros. Nuria Piera es un disco rayado en esos últimos menesteres.
Aunque en marzo de este año se destapó el asunto en los medios, el caso Gory Segura recién abre una caja de pandora que obliga preguntas: sobre todo, ¿cuántos habrá en esa misma situación? -Un informe de la Contraloría General de la República dado en 2013 dio cuenta de 7 mil empleados duplicados.
Una publicación periodística en septiembre de este año dijo, entre otras cosas: “Basta con revisar la nómina del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Superintendencia de Bancos para notar que algunos casos. El de Cindy Tanisha Duarte Ventura, en una es supervisor asistente (RD$49,808.30) y en la otra es primer secretario (RD$35,000) es un ejemplo de lo que sucede con la duplicidad en la nómina pública”.
A muchos nos resulta cuesta arriba dudar de la defensa que presentó el diputado Gómez Segura, quién reconoció la situación pero señaló que no cobra, ha presentado renuncia en varias ocasiones pero, por alguna razón, el decreto que lo sustituye o destituye no ha salido. Ciertamente, no es su culpa esa dejadez del ejecutivo. La pregunta del millón de dólares: ¿quién está cobrando esos “chelitos”? -Se asume que todos los empleados públicos reciben su salario en una cuenta bancaría “personal” creada bajo la modalidad “nómina electrónica” en el BanReservas y, a decir verdad, desconocemos si existen métodos alternos permanentes de pago.
No confundiendo que una cosa es “nómina pública” y otra totalmente distinta “nómina electrónica”, las posibilidades son varias:
–Gory aparece en la nómina del MIREX pero el pago no se efectúa y, por ende, la cuenta bancaria bajo nómina electrónica no tiene movimiento, a menos que este le de otro(s) uso(s). Destacar que, en teoría, todo el que aparece “activo” en una nómina pública cobra.
–El pago se hace pero los chelitos son cobrados por otro(s), modalidad última que tendría que contar con la anuencia del titular porque las cuentas de “nómina electrónica” son PERSONALES. Hay que verificar si a esa cuenta se le emitió tarjeta de débito y en manos de quién está la susodicha.
–Otra posibilidad teórica es que, efectivamente, Gory no esté retirando o movilizando pero el dinero esta en la cuenta. Caso último que resultaría para muchos en el cuento del indio.
–Gory no disfruta el sueldo (a lo que él denomina no cobrar) pero lo utiliza para pagar una nominilla de seguidores y simpatizantes.
–Una situación extrema y delicada que rebozaría la copa es que el pago se desvíe utilizando mecanismos extrabancarios. Caso donde Gory sería la víctima inocente y, por ende, todavía lo hagan figurar en la nómina sólo para “blanquear” el egreso.
La única manera de que otro esté cobrando exclusivamente para sí o a los fines de “repartir” es que tenga la tarjeta de débito, la clave asociada, número de cédula del titular y, lógicamente, que se mueva sólo haciendo transacciones fuera de las oficinas (cajeros, subagentes, otros). NetBanking y la tarjeta de claves se descarta por ser un mecanismo muy personal que da acceso a toda la actividad bancaria del cliente. Si eso resulta así y, para colmo, no está a conocimiento o bajo anuencia del diputado el asunto es grave.
El rejuego con las tarjetas de débito es fácil y muy conocido, es así como vemos empleados públicos poniendo el plástico en manos de los prestamistas. En oficinas gubernamentales es común escuchar que fulano está cobrando con la tarjeta de zutano. En sobradas ocasiones se ejerce esa práctica para evadir burocracias estatales a la hora de hacer cambios, reposiciones, reajustes, entre otros de los tantos “inventos” del Estado. Incluso, se dan casos donde el partido o funcionario pone a alguien en un puesto y el sueldo, previo acuerdo o imposición, se utiliza para repartir.
Como sugirió alguien en un grupo de WhatsApp, la manera más inteligente de Gory presentar defensa irrebatible sería mediante una constancia del movimiento de la cuenta bancaria asociada. Eso despejaría dudas y, si aparece movimiento no consentido o reconocido, el legislador está en todo su derecho de pedir que se investigue el caso. En una situación de esa naturaleza, el banco tiene mecanismos sobrados para saber quién, dónde, cuándo y cómo.
La Carta Magna, en la Sección II del Estatuto de la Función Pública, específicamente en el Artículo 144.- Régimen de compensación dice: “Ningún funcionario o empleado del Estado puede desempeñar, de forma simultánea, más de un cargo remunerado, salvo la docencia. La ley establecerá las modalidades de compensación de las y los funcionarios y empleados del Estado, de acuerdo con los criterios de mérito y características de la prestación del servicio.” La Ley 41-08 de Función Pública, en su artículo 80, inciso 5, es tajante: “Está prohibido aceptar designación para desempeñar en forma simultánea más de un cargo del Estado, salvo cuando se trate de labores docentes, culturales, de investigación y las de carácter honorífico, no afectadas por incompatibilidad legal, y con la debida reposición horaria cuando hubiera superposición de este tipo. La aceptación de un segundo cargo público incompatible con el que se esté ejerciendo, supone la renuncia automática del primero sin desmedro de la responsabilidad que corresponda”.
Por cierto, la ley es injusta y paternalista porque no enfrenta al que otorga el cargo. Debería decir: “Esta prohibido otorgar nuevo cargo a quien está en otro incompatible con el primero”. En todo caso, los cambios nominales por nuevo cargo deberían ser automáticos o Ipso facto, sin necesidad de esperar el protocolo legal del decreto. A estas alturas, el sistema de nóminas debería ser universal, cruzado e inteligente.
Comentarios...