En las tres entregadas anteriores describimos las funciones del Consejo de Codeprosjo y la del Fondeprosjo los mecanismos que acorde a la ley les permite su funcionamiento, también los mecanismos para que a la provincia lleguen las inversiones apoyadas en este marco legal y también describimos los alcances a largo, mediano y corto plazo de la coordinación de la Presidencia del organismo rector de las actividades ecoturísticas en la provincia.
En esta penúltima entrega abordaremos el tema de la diferencia entre el FONDEROSJO y el CODEPROSJO en vista de una pretendida eliminación de uno de estos organismos que de ser así estaría en contra de la propia ley y sus reglamentos.
En tal sentido nos iremos apoyando en lo que la misma ley dictamina y que de forma taxativa manada cumplirse a saber: el Art.2 Crea al propio Consejo de Desarrollo Ecoturístico de la Provincia de San José De Ocoa y lo Presidirá el Presidente de la Asociación Para El Desarrollo de San José De Ocoa (SJO) dicho organismo también tendrá bajo su responsabilidad, según las funciones descritas por la misma Ley, y cito: “Designar el Director (a), los funcionarios y empleados necesarios para el funcionamiento eficiente de la institución” pero el legislador fue más allá y cuidando el tema de transparencia en el manejo de los fondos la misma pieza legal en su Art.4 manda a crear el Fondo Provincial de Desarrollo Ecoturístico (FONDEPROSJO), que tendrá a su cargo la recaudación, administración, inversión y custodia de los bienes y recursos; estará subordinado al Consejo de Desarrollo Ecoturístico de la Provincia de San José De Ocoa (CODEPROSJO).
Este mandato de la ley separa ambas instituciones evitando así una duplicidad de funciones dejando bien claro que no se puede ser “JUEZ Y PARTE” de manera que intentar cambiar esta estructura seria atentar contra la misma ley y además sería un duro golpe a la institucionalidad que establece claramente el referido artículo.
Intentar una modificación a la Ley seria además un atraso pues dejaría más vulnerable de lo que esta la institución que maneja los fondos, pero además intentar cambiar su estructura administrativa también iría en contra de los estatutos que rigen y dan personaría jurídica a dicha institución.
Ambos organismos pueden perfectamente convivir sin entrar en ninguna contradicción estableciendo reglas claras y límites entre uno y otro para una buena supervisión de uno y administración del otro.
Sin entrar en muchos detalles ambos deben ponerse de acuerdo, preparar un programa de trabajo en armonía que los conduzca a la preparación de un Plan Estratégico de Desarrollo Turístico y de Ordenamiento Territorial que ponga orden a los establecimientos existentes y a las nuevas inversiones siempre en coordinación con los gobiernos locales, fortalecer la Cadena de Valor del destino apoyados en el Clúster Ecoturístico de la Provincia de SJO como única garantía de sostenibilidad a largo plazo de los proyectos a implementarse en los próximos 15 años y monitorear sus variables y ejes de desarrollo.
La ley es clara y precisa tal y como lo establece en su Art.4 y en su Párrafo II.– Las empresas que se instalen y desarrollen proyectos ecoturísticos aprobados por el Consejo de Desarrollo Ecoturístico, la Secretaria de Recursos Naturales y Medio Ambiente, la secretaria de Turismo y la Presidencia de la Republica, estarán regidas por la Ley 158-01 de fecha 09 de octubre del 2001, sobre Fomento al Desarrollo Turístico para los polos de escasos desarrollo y nuevos polos en provincia y localidades de gran potencial y crea el Fondo Oficial de Promoción Turística. Cabe preguntarse entonces: ¿se han hecho las coordinaciones de lugar con los legisladores?
¿Se le han presentado a los Ministerios involucrados las iniciativas de incentivo a los proyectos existentes y consecuentemente atraer inversiones? ¿Se han presentado los planes de capacitación? ¿Dónde encajan los gobiernos locales?
¿Los planes de conservación y recuperación de los acuíferos donde encajarían? Son estas acciones a las que debemos todos ser convocados en una mesa de trabajo permanente donde estén todos los sectores representados.
Ocoa ha iniciado su camino a su consolidación que desde el año 2014 inicio y que a pesar de haber recibido un duro golpe por los efectos del Corona Virus (COVID19) en el año 2020 sigue su agitado curso abriéndose nuevas ofertas de alojamiento, restaurantes, bares y dulcerías como también áreas para vivir el Turismo de Aventura y el Turismo Rural. Todo esto también ha generado nuevos empleos que tanta faltan hacen en la provincia.
San José De Ocoa es un destino ideal para ser descubierto y poco a poco ha ido posicionando como un destino ecoturístico de principalía en la Zona Sur de la RD oportunidad que no debemos desaprovechar haciendo las cosas bien desde el principio aprendiendo de los errores de otros destinos.
Continuara
Comentarios...