SAN JOSÉ DE OCOA- La directora del Distrito Escolar 03-30, Sandra Encarnación, el alcalde del municipio de Sabana Larga, Milton Brea, son parte de los maestros que deberán tomar licencia sin disfrute de sueldo por sus aspiraciones a cargos para las elecciones de febrero del 2024.
El Ministerio de Administración Pública (MAP) estableció los lineamientos para la suspensión de funciones o licencias especiales para candidatos a ocupar cargos de elección popular, que sean funcionarios o servidores públicos.
Entre los nombres de más categoría en Ocoa está la directora del Distrito Escolar Sandra Encarnación, además de funcionaria es regidora y aspirante al mismo cargo por la Alcaldía del Municipio de Ocoa por el PRM. Mientras Milton Brea, quien es el actual alcalde del municipio de Sabana Larga, tiene una licencia con disfrute de sueldo como maestro del Liceo Ángel Emilio Casado desde hace cuatro años con un salario de 60 mil pesos, ambos manejan fondos públicos.
Encarnación, emitió una comunicación a los profesionales de educativos de San José de Ocoa, en la que le informa que los mismos deben remitir su licencia al Distrito Escolar 03-03 a más tardar este viernes 29 de diciembre.
La resolución del MAP
El Ministerio de Administración Pública (MAP) emitió una circular en donde se establecen los lineamientos a seguir para la aplicación de suspensión en funciones, o licencias especiales, para candidatos a ocupar cargos de elección popular que sean funcionarios o servidores públicos.
De acuerdo con lo establecido en las diferentes leyes que regulan la participación de los funcionarios en las elecciones generales, el MAP indicó que se exceptúan de la suspensión en servicio y de la necesidad de tomar licencias especiales, los postulados a tales cargos municipales o congresuales que, al momento de la aceptación de sus candidaturas, se desempeñen como servidores públicos que ocupan cargos que no tengan jerarquía y no manejen fondos públicos.
Igualmente aquellos servidores públicos que ocupen cargos electivos, los que no podrán prevalerse de su condición en actos públicos o ante los medios de comunicación, según lo dispuesto por el artículo 145, párrafo III y IV, de la citada Ley núm. 20-23.
La circular firmada por el Ministro de Administración Pública, Darío Castillo Lugo, señala que los candidatos a cargos municipales o congresuales, que ocupen cargos de alto nivel según lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley núm. 41 -OB. de Función Pública, los cuales son de libre nombramiento y cuya designación corresponde al Presidente de la República, en su condición de jefe de gobierno, según lo dispuesto en el artículo 128 de la Constitución, serán sustituidos de manera interina mediante decreto del Presidente de la República, por un periodo Igual a la suspensión en servido o licencia especial.
Todos los funcionarios públicos que tienen jerarquía y manejan fondos públicos, del gobierno central, de los organismos desconcentrados y autónomos del Estado, así como de los Ayuntamientos y Juntas de Distritos Municipales, cuya postulación a cargos electivos, hayan sido aceptadas por la Junta Central Electoral (JCE) y las Juntas Electorales correspondientes, quedaran suspendidos en sus funciones sin disfrute de sueldo, desde el día de la aceptación de dicha candidatura, hasta el día siguiente de las elecciones a la que aspiren.
Los candidatos a cargos municipales de alcaldes, vícealcaldesa, regidores, directores de Juntas de Distritos Municipales, suplentes y vocales que tengan que tomar la licencia debido a sus funciones como servidor público, serán excluidos de las nóminas de los meses de enero y febrero de 2024.
En el caso de los candidatos a los niveles senatorial y de diputaciones, cuyas propuestas de candidaturas deberán ser presentadas a la JCE a más tardar 15 días después de las elecciones municipales (artículo 147, Ley 20-23), que estén en la misma condición deberán ser excluidos de las nóminas de los meses de marzo, abril y mayo de 2024.
El documento señala que esos funcionarios y servidores públicos que participen en ambos niveles electorales serán reintegrados a sus funciones al día siguiente de las elecciones que le corresponda (febrero o mayo).
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