Lic. José Alberto Santana
Si se confirma que la falta de adecuación del sistema informático de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) impide aplicar la tasa del 3 % prevista en la Ley núm. 30-26 para determinados supuestos de donación, estaríamos ante una situación que amerita revisión desde la perspectiva de la legalidad, la seguridad jurídica y la eficacia administrativa.
Esta eventual limitación podría generar retrasos y cargas económicas adicionales para los contribuyentes que reúnan los requisitos establecidos en la ley.
Solicitamos formalmente a la DGII verificar esta situación, adecuar su plataforma y, de ser necesario, habilitar un procedimiento transitorio que permita aplicar el tratamiento tributario correspondiente conforme a la legislación vigente.
Asimismo, hacemos un llamado a la institución para que emita una respuesta oficial y oportuna, aclarando si existe alguna limitación operativa, qué medidas se adoptarán y cuál será la vía disponible para los contribuyentes afectados.
La implementación tecnológica debe garantizar la correcta ejecución de la norma, sin convertirse en un obstáculo para su aplicación.
La seguridad jurídica exige que la ley vigente encuentre vías efectivas de cumplimiento en la práctica administrativa.
El autor es Abogado



























