Escrito Por: Roberto Yoel Henríquez
La convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su protocolo facultativo u opcional, fue adoptada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el 13 de diciembre del 2006, entrado en vigor en el plano internacional el 3 de mayo del 2008.
República Dominicana firmó la convención y su protocolo opcional el 30 de marzo del 2007, momento para entonces cuando nos aperturamos a la firma de los dos instrumentos jurídicos; finalmente los ratificamos internamente en octubre del 2008 pero no fue sino hasta el 18 de agosto del 2009 que fueron depositados ante la Secretaria General de la ONU.
Desde ese momento, la República Dominicana comienza entonces a formar parte de la Convención lo que le hace adquirir ante las personas con discapacidad un compromiso de aplicar la Convención en su ordenamiento interno de aplicación obligatoria, y a su vez trae un cambio de paradigma sobre la discapacidad y sobre el enfoque que hasta ese momento se tenía de la misma.
La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad es un instrumento jurídico que contiene principios fundamentales que tienen por propósito según ella misma lo define “promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promueve el respeto de su dignidad inherente”.
Dentro de estos principios destaca para este abordaje el acceso a la justicia, según lo prevé el artículo 13 de la Convención “Los Estados partes deben asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso a la justicia en igualdad de condiciones con las demás, a través de ajustes de procedimientos que se adecuen a la edad, con la finalidad de facilitar el desempeño de las funciones efectivas de las personas con discapacidad como participantes directos e indirectos, incluyendo la declaración de testigos, en todos los procedimientos judiciales, con inclusión de la etapa de investigación y otras etapas preliminares”.
Según lo dispone el precitado artículo de la Convención “A fin de que las personas con discapacidad tengan acceso efectivo a la justicia, los Estados que hayan aceptado la convención promoverán la capacitación adecuada de los que trabajan en la administración de justicia, incluyendo el personal policial y penitenciario”.
Justamente aquí radica el reto de los operadores de Justicia de cara a garantizar el acceso a la justicia de personas con discapacidad, el acceso a la justicia se ve enfrentado a barreras que en muchos casos dificultan el acceso en condiciones de igualdad. Barreras normativas, comunicacionales, de infraestructura, institucionales, actitudinales y otras.
Cuando una persona con discapacidad se ve en un proceso judicial enfrenta estas barreras que son un serio desafío para los operadores judiciales, ya en ese escenario no se trata del acceso a una defensa o intervención como víctima o testigo, se trata más bien de que los operadores tengan las herramientas necesarias y adecuadas para garantizar el acceso a la justicia, que no es lo mismo que una defensa.
Dentro de las barreras para el acceso a la justicia de personas con discapacidad se halla la escaza formación en materia de sensibilización, tratamiento y valoración de discapacidad de los jueces, fiscales, defensores públicos y privados, personal policial, penitenciario y administrativo. Esto hace necesario una reingeniería formativa de los operadores del sistema de justicia para garantizar en igualdad el acceso a la justicia de las personas con discapacidad, pero que los operadores tengan las herramientas necesarias para eliminar los obstáculos que se presentan en los procesos judiciales de personas con discapacidad.
La Convención generó un cambio de paradigma porque pasamos de un modelo médico-rehabilitador hacia un modelo social, donde se concebía a las personas con discapacidad como enfermos que debían ser rehabilitados, pero ya en el modelo social la discapacidad es producto de una deficiencia física, mental o intelectual en la persona que al interactuar con las barreras del entorno genera discapacidad, porque la discapacidad no está en las personas sino en las cosas.
Necesitamos que los jueces sean enseñados a juzgar con perspectiva de discapacidad en los procesos judiciales de personas con alguna condición, se necesita que los defensores técnicos litiguen los procesos con perspectiva de discapacidad, así como los fiscales sepan judicializar sus procesos con perspectiva de discapacidad, esto se logrará a través de una alianza formativa generada en una mesa técnica de discusión y análisis.
Este artículo no pretende servir de punta de lanza para generar una polémica de culpables en torno al tema, porque no tiene esa finalidad, sino más bien el propósito es servir de faro orientador para que se desplieguen acciones que permitan que los operadores del sistema justicia reciban las competencias necesarias para garantizar el acceso a la justicia de personas con discapacidad y poblaciones vulnerables.
Una posible solución es la creación de mesas técnicas compuestas por el Poder Judicial, Ministerio Publico, Defensa Pública y Colegio de Abogados, así como las Escuelas de Derecho de las Universidades en conjunto al Consejo Nacional de la Discapacidad para que en conjunto se formulen políticas, programas y acciones formativas tendentes a capacitar a los operadores para desde sus diversos roles garantizar el acceso a la justicia en igualdad y sin discriminación, tal y como expresara Lisa Kauppinen expresidenta de la FMD “Una sociedad que es buena para las personas con discapacidad, es una sociedad mejor para todas las personas”
El autor es defensor público de la Oficina de Defensa Publica del Distrito Judicial de San Jose de Ocoa, pertenece a la comisión de grupos vulnerables de la ONDP, se desempeña desde el año 2013 como activista por la defensa y promoción de los derechos de las personas con discapacidad a través de la organización “Intégrate”. Tiene formación en tratamiento, valoración y sensibilización de discapacidad por el Consejo Nacional de la Discapacidad del Ecuador, así mismo posee formación en inserción al entorno laboral de personas con discapacidad por el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (Infotep)
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